· Derechos Humanos en México , transformaciones e implicaciones a la luz de la reforma constitucional del 2011 , primer conferencia magistral .
Morelia, Mich., 29 de febrero de 2012.- Al exponer la primera de las conferencias magistrales del foro Derechos Humanos en México, transformaciones e implicaciones a la luz de la reforma constitucional del 2011, el Presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Estado, José María Cázares, aseguró que se trata del cambio constitucional en materia de derechos básicos más importante del último siglo.
Al abordar de forma detallada cada uno de los cambios que implica la reforma realizada en junio de 2011 a la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos, el ombudsman estatal aseguró que el cambio en general representa sin duda, un nuevo paradigma para el respeto, protección y garantías de todos los derechos humanos.
La reforma constitucional, puntualizó Cázarez Solórzano, es un parteaguas de la vida institucional de nuestro país y en materia de derechos humanos, y su éxito no radica en su puesta en vigor, sino que su impacto será paulatino hacia la eficacia plena de los derechos, en particular de los más desprotegidos y vulnerables.
Lo anterior, agregó, dependerá de muchos actores, personas, organizaciones, instituciones, operadores políticos, académicos, medios de comunicación entre muchos otros y señaló que no se debe perder de vista que detrás de la exigencia de respeto a los derechos humanos de la persona subyace un clamor por un orden social más justo, equitativo y humano.
En materia política, dijo, lo que se busca a través de esta reforma en términos de derechos humanos es establecer un sistema más democrático ya que se reconocen más derechos para los ciudadanos y se limita la posibilidad de arbitrariedad por parte del Estado.
Aseguró que la reforma constitucional no sólo involucra cambios al capítulo primero, sino también en los artículos 11,15, 18, 29, 33,89,97,102,105 de la Constitución Mexicana.
En términos generales manifestó que los cambios realizados resuelven muchas de las tensiones e inercias que impedían avanzar en esta materia debido a diversos factores, aunque también, en lo que respecta a derechos humanos por su dimensión y trascendencia la reforma trae consigo la necesidad de especificidades a fin de precisar su sentido y alcance así como limitaciones.
Otro de los temas que se abordaron en este día fue el “interés legítimo” a la luz de las reformas constitucionales en materia de amparo y derechos humanos laborales, expuesto por Jorge Álvarez Banderas, integrante de la Defensoría de los Derechos Humanos Universitarios Nicolaitas.
Durante su exposición destacó que al hablar de este tema es preciso hacer hincapié en la necesidad de mantenerse al día en los cambios que constantemente se estén realizando en materia de la Ley de Amparo.
El interés legítimo hasta ahora reconocido por la constitución federal con motivo de la reforma a la fracción primera del artículo VII, permite que el gobernado que sea titular de esto y se considere afectado con un acto de autoridad, pueda acudir al juicio de amparo ante un órgano jurisdiccional federal a solicitar la protección de la justicia.
*******
|
—
Georgina Morales Gutiérrez
Coordinadora de Prensa
UMSNH
Tel. 316-74-38