Las Reformas Constitucionales del 2011, un rompimiento de paradigmas en la impartición de justicia: de la Torre

Morelia, Mich., 1 de marzo de 2012.-  Como colofón del Foro sobre Los Derechos Humanos en México, transformaciones e implicaciones a la luz de la reforma constitucional del 2011,  la secretaría auxiliar de la UMSNH, Rosa María de la Torre Torres, expuso la conferencia magistral “La Nueva Dinámica  de los derechos a la salud, educación y acceso a la justicia”.

Durante  su intervención, la especialista en el tema  y profesora investigadora de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la UMSNH, dejó en claro que a partir de las  reformas  al artículo primero de la Constitución  se presenta un rompimiento de paradigmas  que trae  importantes  cambios en la impartición de la justicia en nuestro país.

Estuvo de acuerdo en que, en primer lugar,  con estas modificaciones se abren importantes sendas  para estudiar al derecho desde otra perspectiva,  y al referirse en específico a derechos como la educación y  la huelga  precisó que ningún derecho por más peso que pueda tener es impugnable, todos los derechos en casos de  colisión  tienen que ser ponderados y delimitados.

Puntualizó que existen derechos fundamentales y  uno de ellos  es  la educación, puesto que  es fundamental para el desarrollo,  porque el futuro de la democracia está en la educación.

Como sustento de este tema,  la funcionaria universitaria  anunció que en primer lugar  con  la reforma  del 2011 a la Constitución,  cambia el concepto de autoridad,  la que establece en su artículo primero  que todas las autoridades están obligadas a tutelar el ejercicio efectivo de los derechos humanos.

Explicó  que  este concepto de autoridad no sólo se restringe a la autoridad pública  legalmente establecida sino a autoridades de facto como asociaciones gremiales, religiosas, civiles, grupos de empresarios, medios de comunicación, y en general todas las personas que puedan tener cierta autoridad sobre  otras.

Esta reconfiguración, dijo,  abre la puerta para lo que se conoce como la eficacia horizontal de los derechos humanos, y explicó que significa  que  los particulares no solamente  tutelen, sino que puedan ser violatorios de los derechos humanos.

Tradicionalmente  de forma vertical  en la Constitución  estaba establecido  que únicamente las  autoridades podían violar los derechos  sobre los gobernados, situación que ha cambiado a partir de la reforma,  y  se presenta  ahora como  una cuestión horizontal lo que implica que todos podemos violar los derechos de otro particular y no sólo las autoridades.

Al reconocer que lo anterior implica una completa reconfiguración del sistema jurídico mexicano, De la Torre Torres,  sostuvo que a partir de este hecho tendrá que haber reformas a la  Ley de Amparo para adecuarlo.

No obstante, argumento que ya hay precedentes  importantes  sobre  el tema como los que se han presentado en la Sala  Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, la cual, ha aplicado  sanciones a particulares por violar derechos fundamentales  de otros particulares.

*******




Georgina Morales Gutiérrez
Coordinadora de Prensa
UMSNH
Tel. 316-74-38

Skip to content